En el contexto actual el concepto de ACCESIBILIDAD ha adquirido una significación más enriquecida de lo que mostraba a inicios de este siglo. De hacer una referencia genérica a la idea de conección a Internet, o conectividad, ha pasado a referir a las condiciones de acceso y uso de los diversos entornos en los que fluye la información en la actualidad.
Hablar desde “libros accesibles”, formatos accesibles, páginas accesibles hasta nociones como “servicios accesibles”, el concepto de accesibilidad parece extenderse a distintos ámbitos de la realidad y al mismo tiempo, concentrarse en la idea de despliegue, de desempaquetado de un contenido de información.
Los usuarios con discapacidad y en particular los usuarios con discapacidad sensorial suele ser el grupo más directamente impactado con las características de la ACCESIBILIDAD de toda forma de información. Sin embargo, a tenor de la ingente cantidad de investigaciones recientes las virtudes de la accesibilidad no se restringen, no se circunscriben a los grupos de personas con alguna discapacidad, sino que impacta y va a impactar a crecientes sectores de la sociedad a medida que el uso de entornos digitales se haga más común, como podría ser el caso de la denominada “Internet de las cosas”.
No obstante, para los fines de nuestra perspectiva es la accesibilidad a contenidos de información para usuarios con discapacidad visual la que nos interesa desarrollar aquí.
Son dos criterios lo que nos interesa considerar en lo que a la accesibilidad de la información se refiere. Primero, referido a los soportes de información, y segundo, al contenido mismo.
La accesibilidad en los soportes de información requiere, en nuestro medio, de investigaciones más actualizadas que permitan mensurar la evolución de los modos de producción de los soportes en cuestión.
El sistema Braille y el “Libro hablado” serían los modelos por excelencia de soportes accesibles para el usuario con discapacidad visual. En ambos casos concurren el problema del costo y de la logística para su producción. En Perú, estos problemas no han sido siquiera abordados o estudiados, con el consecuente resultado de su inexistencia como productos. En Perú no se ha producido libros accesibles en formato Braille o en formato de libro hablado de manera profesional o estandarizada.
Y por su parte, la cuestión del contenido tiene que ver en gran medida con las virtualidades de lo digital. Sea que se trate de documentos html para contenidos Web, o en modo texto, el tema tiene que ver con la plataforma de display, de reproducción de dicho contenido. Vale decir, la accesibilidad aquí estaría definida por las características de la plataforma, sea el móvil, el EReader, el ordenador o Tablet.
Lo cierto es que en todos estos casos se hace indispensable un tratamiento serio, técnico y basado en conocimientos estructurados, menos empíricos de lo que ha sido hasta la actualidad.
CIDESI viene desarrollando análisis y estudios sobre el tema de la accesibilidad desde finales del siglo pasado y puede decirse que ha trabajado en todos los aspectos aquí expuestos, por lo que dispone de conocimientos, experiencia y criterios racionalizados para una gestión adecuada de sus componentes y factores.
Desde esta perspectiva, CIDESI ha definido a la accesibilidad como la capa de interacción profunda entre la información y el usuario de la información independientemente de las características o peculiaridades del usuario. Esta definición nos propone una base firme para el desarrollo de procedimientos, de enfoques y a su vez, de soluciones a distintos niveles en los que la tecnología es solo un aspecto, uno más entre otros.
Es a partir de estos criterios y estas consideraciones que CIDESI propone abordar la cuestión de la accesibilidad de la información como parte de nuestra perspectiva de la discapacidad para la población de personas invidentes de nuestro país.
Seguidamente consideramos de utilidad conocer la definición establecida por el ente rector del tema discapacidad en nuestro país, por lo que consignamos aquí el numeral 3.1 del artículo tercero del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona
con Discapacidad, que lo expresa del siguiente modo:
“3.1 Accesibilidad: Asegurar el acceso de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, los medios de transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y la comunicación y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales, a fin de que puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida”.