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El Tratado de Marrakech avanza en la región Latinoamérica

INCI

En la tarea de difundir y hacer avanzar el proceso de inplementación del Tratado de Marrakech, compartimos aquí algunos de los puntos claves que el Instituto del Ciego de colombia consigna en su sitio Web.

Se trata de consideraciones importantes que en gran medida coinciden con nuestra realidad en Perú. Lo esencial, para el caso peruano, es entender que el Tratado de Marrakech no es un instrumento para la sola recepción de libros accesibles, lo es sobre todo para el intercambio; lo que implica el la disponibilidad de libros accesibles producidos en nuestro país, que nos permita participar del señalado intercambio.

Dejamos aquí los puntos que nos comparten desde INCI en colombia:

"1.    Marrakech flexibiliza la ley de derechos de autor 
Marrakech permite flexibilizar la ley de derechos de autor, ya que encontramos que las personas con discapacidad visual y otras con dificultades para acceder al texto impreso, teníamos restricciones en el acceso a la lectura y la información, debido a que sólo un número reducido de obras publicadas son producidas en formatos accesibles, tales como: braille, audio, macrotipo, digital, electrónico y otros, con graves repercusiones en la formación académica y en su cultura general. 
2.    Marrakech eleva la adaptación de libros para ciegos 
Este Tratado permite elevar el número de libros para ciegos, pues según la Declaración de Guatemala por el Tratado de Marrakech, se estima que en América Latina tan solo el 2% de libros son accesibles a la población con discapacidad visual, fenómeno que incide en su desarrollo inclusivo.
3.    Marrakech autoriza la exención de pagar derechos patrimoniales de autor
Solo un tercio de los países del mundo incluyen en sus leyes de autor, excepciones que permiten que las entidades que promueven los derechos de las personas con discapacidad visual puedan producir dichas obras sin tener que solicitar permisos o pagar derechos para ponerla a disposición de lectores que no pueden acceder de otra forma.  
4.    Marrakech permite el intercambio transfronterizo 
Otra ventaja es la posibilidad de que una obra producida en un formato accesible en un país, pueda enviarse para ser utilizada por bibliotecas o personas con discapacidad visual de otros países.
5.    En Colombia la legislación ya había flexibilizado la ley de derechos de autor
En Colombia ya la Ley 1680 de 2013 consagraba la excepción a los derechos patrimoniales de autor, producidas en cualquier formato para personas con discapacidad visual, sin autorización de sus autores ni pago de los derechos de autor, siempre y cuando la reproducción, sean hechos sin fines de lucro y cumpliendo la obligación de mencionar el nombre del autor y el título de las obras así utilizadas."

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